La Superintendencia de Salud ha emitido una orden a las Isapres para ampliar la cobertura de consultas con nutricionistas, extendiéndola más allá de las personas con sobrepeso u obesidad, para incluir cualquier tipo de trastorno alimentario. La medida, anunciada por el Superintendente de Salud, Víctor Torres, tiene como objetivo garantizar una atención integral a aquellos que enfrentan problemas como anorexia, bulimia o desnutrición. “Desde hoy, las Isapres deben cubrir consultas nutricionales en casos de cualquier trastorno alimenticio, no solo para quienes presentan un sobrepeso u obesidad según el Índice de Masa Corporal (IMC)”, explicó Torres. La resolución también abarca la atención nutricional a adultos mayores con desnutrición, un problema que afecta al 32,4% de las personas de 65 años o más, según un estudio del Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos (INTA) de la Universidad de Chile. El superintendente resaltó que esta medida fomenta la prevención de enfermedades crónicas como diabetes, hipertensión, enfermedades cardíacas y ciertos tipos de cáncer, mediante la adopción de hábitos alimenticios saludables bajo la guía de profesionales. Entre los beneficios de esta actualización se incluye: acceso a consultas nutricionales para todos los beneficiarios de Isapres sin importar el IMC; eliminación de barreras injustificadas en la atención nutricional; y un enfoque coherente con las modificaciones recientes realizadas por FONASA sobre cobertura de nutricionistas. - Todos los beneficiarios de Isapre, independientemente de su IMC, ahora tendrán acceso a consultas nutricionales. Esto incluye a las personas que sufren trastornos alimentarios (TCA), desnutrición (especialmente común en los ancianos) o condiciones como hipertensión y diabetes que requieren manejo nutricional. - La decisión reconoce que el asesoramiento nutricional es una parte esencial de la atención sanitaria para una amplia gama de condiciones de salud y no debe limitarse únicamente a las personas con sobrepeso u obesidad. - La nueva regulación elimina una barrera injustificada que impedía a muchas personas acceder a la atención nutricional necesaria, promoviendo la igualdad de acceso a los servicios de salud para todos los ciudadanos. - Esta actualización se alinea con las modificaciones recientes realizadas por Fonasa con respecto a la cobertura de las consultas de nutricionistas, asegurando un enfoque coherente para la atención nutricional en todo el sistema de salud. Fuente: Publimetro
La Superintendencia de Salud (SIS) entregó los detalles sobre el proceso de verificación de Adecuación de Precios Base (APB) de las Isapres, donde se informó que seis de éstas podrán reajustar el precio base de sus planes de salud en hasta un máximo de 3,7% (ICSA 2024). Estas son Colmena, Cruz Blanca (3,7%), Banmédica (3,7%), Consalud (3,6%) y Esencial (3,7%) y la otra es una Isapre cerrada (3,7%), Isalud (3,7%). En el proceso APB 2025, los valores comunicados por las Isapres coinciden con los verificados por la SIS, con excepción de Consalud, que propuso un alza 0,1 puntos porcentuales menor al verificado por la SIS. De acuerdo con estimaciones preliminares, esto significa que, en promedio, las personas cotizantes del sistema tendrían que pagar un adicional mensual de hasta $3.784 por su contrato de salud. “La verificación es un proceso que permite determinar si el alza informado por las Isapres está justificado en los antecedentes entregados a la Superintendencia de Salud, que corresponden al cálculo de su variación de costos interanual”, señalaron desde la SIS. La entidad fiscalizadora, también recordó que este año la entrada en vigencia del Alza Precio Base, se postergó por única vez para el mes septiembre de 2025, debido a la aprobación de la indicación 95 aprobada en la Ley N°21.647, de reajustes al sector público. Sobre las otras cuatro isapres, a la fecha dos de ellas, Nueva Masvida (abierta) y Cruz del Norte (cerrada) no participaron del proceso. La primera, porque no cumple con los porcentajes mínimos del Examen de Medicina Preventiva exigidos en la normativa vigente para adecuar sus precios y, además su variación de costos operacionales fue negativa -0,3 por lo que no puede alzar el precio base. La segunda, porque no tiene planes individuales -solo grupales- además de no cumplir con los porcentajes mínimos exigidos en la normativa vigente para adecuar sus precios base. Respecto al resto de las aseguradoras que sí participaron, en el caso de Vida Tres (abierta) sus porcentajes de variación de costo operacional verificados fueron negativos -0,2%, por lo que no puede aumentar el precio. Misma situación ocurre con la Isapre Fundación (cerrada) participó del proceso, pero sus porcentajes de variación de costos operacionales verificados son negativos -0,5%. ¿Qué hacer si el afiliado está en contra? Si algún afiliado o afiliada, no está de acuerdo con el alza aplicada por su isapre, tendrá plazo hasta el 31 de mayo de 2025 para solicitar a su aseguradora un cambio de plan, equivalente al precio base que tenía antes de ser aplicada el alza, poner término al contrato, suscribiendo una carta de desafiliación. Además, las y los cotizantes pueden ingresar un reclamo en la Superintendencia de Salud si consideran que no corresponde el alza de precio informada, ya sea porque no le llegó la comunicación que informaba el alza, su contrato de salud tiene menos de un año de vigencia al 1 de junio de 2025, el porcentaje de alza que se le comunicó o aplicó fue mayor al permitido por el ICSA u otra causal que considere relevante. Fuente: Publimetro
La Superintendencia de Salud ha emitido una orden a las Isapres para ampliar la cobertura de consultas con nutricionistas, extendiéndola más allá de las personas con sobrepeso u obesidad, para incluir cualquier tipo de trastorno alimentario. La medida, anunciada por el Superintendente de Salud, Víctor Torres, tiene como objetivo garantizar una atención integral a aquellos que enfrentan problemas como anorexia, bulimia o desnutrición. “Desde hoy, las Isapres deben cubrir consultas nutricionales en casos de cualquier trastorno alimenticio, no solo para quienes presentan un sobrepeso u obesidad según el Índice de Masa Corporal (IMC)”, explicó Torres. La resolución también abarca la atención nutricional a adultos mayores con desnutrición, un problema que afecta al 32,4% de las personas de 65 años o más, según un estudio del Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos (INTA) de la Universidad de Chile. El superintendente resaltó que esta medida fomenta la prevención de enfermedades crónicas como diabetes, hipertensión, enfermedades cardíacas y ciertos tipos de cáncer, mediante la adopción de hábitos alimenticios saludables bajo la guía de profesionales. Entre los beneficios de esta actualización se incluye: acceso a consultas nutricionales para todos los beneficiarios de Isapres sin importar el IMC; eliminación de barreras injustificadas en la atención nutricional; y un enfoque coherente con las modificaciones recientes realizadas por FONASA sobre cobertura de nutricionistas. - Todos los beneficiarios de Isapre, independientemente de su IMC, ahora tendrán acceso a consultas nutricionales. Esto incluye a las personas que sufren trastornos alimentarios (TCA), desnutrición (especialmente común en los ancianos) o condiciones como hipertensión y diabetes que requieren manejo nutricional. - La decisión reconoce que el asesoramiento nutricional es una parte esencial de la atención sanitaria para una amplia gama de condiciones de salud y no debe limitarse únicamente a las personas con sobrepeso u obesidad. - La nueva regulación elimina una barrera injustificada que impedía a muchas personas acceder a la atención nutricional necesaria, promoviendo la igualdad de acceso a los servicios de salud para todos los ciudadanos. - Esta actualización se alinea con las modificaciones recientes realizadas por Fonasa con respecto a la cobertura de las consultas de nutricionistas, asegurando un enfoque coherente para la atención nutricional en todo el sistema de salud. Fuente: Publimetro
La Superintendencia de Salud (SIS) entregó los detalles sobre el proceso de verificación de Adecuación de Precios Base (APB) de las Isapres, donde se informó que seis de éstas podrán reajustar el precio base de sus planes de salud en hasta un máximo de 3,7% (ICSA 2024). Estas son Colmena, Cruz Blanca (3,7%), Banmédica (3,7%), Consalud (3,6%) y Esencial (3,7%) y la otra es una Isapre cerrada (3,7%), Isalud (3,7%). En el proceso APB 2025, los valores comunicados por las Isapres coinciden con los verificados por la SIS, con excepción de Consalud, que propuso un alza 0,1 puntos porcentuales menor al verificado por la SIS. De acuerdo con estimaciones preliminares, esto significa que, en promedio, las personas cotizantes del sistema tendrían que pagar un adicional mensual de hasta $3.784 por su contrato de salud. “La verificación es un proceso que permite determinar si el alza informado por las Isapres está justificado en los antecedentes entregados a la Superintendencia de Salud, que corresponden al cálculo de su variación de costos interanual”, señalaron desde la SIS. La entidad fiscalizadora, también recordó que este año la entrada en vigencia del Alza Precio Base, se postergó por única vez para el mes septiembre de 2025, debido a la aprobación de la indicación 95 aprobada en la Ley N°21.647, de reajustes al sector público. Sobre las otras cuatro isapres, a la fecha dos de ellas, Nueva Masvida (abierta) y Cruz del Norte (cerrada) no participaron del proceso. La primera, porque no cumple con los porcentajes mínimos del Examen de Medicina Preventiva exigidos en la normativa vigente para adecuar sus precios y, además su variación de costos operacionales fue negativa -0,3 por lo que no puede alzar el precio base. La segunda, porque no tiene planes individuales -solo grupales- además de no cumplir con los porcentajes mínimos exigidos en la normativa vigente para adecuar sus precios base. Respecto al resto de las aseguradoras que sí participaron, en el caso de Vida Tres (abierta) sus porcentajes de variación de costo operacional verificados fueron negativos -0,2%, por lo que no puede aumentar el precio. Misma situación ocurre con la Isapre Fundación (cerrada) participó del proceso, pero sus porcentajes de variación de costos operacionales verificados son negativos -0,5%. ¿Qué hacer si el afiliado está en contra? Si algún afiliado o afiliada, no está de acuerdo con el alza aplicada por su isapre, tendrá plazo hasta el 31 de mayo de 2025 para solicitar a su aseguradora un cambio de plan, equivalente al precio base que tenía antes de ser aplicada el alza, poner término al contrato, suscribiendo una carta de desafiliación. Además, las y los cotizantes pueden ingresar un reclamo en la Superintendencia de Salud si consideran que no corresponde el alza de precio informada, ya sea porque no le llegó la comunicación que informaba el alza, su contrato de salud tiene menos de un año de vigencia al 1 de junio de 2025, el porcentaje de alza que se le comunicó o aplicó fue mayor al permitido por el ICSA u otra causal que considere relevante. Fuente: Publimetro